El Ministerio de Interior y Policía anunció este martes la flexibilización del horario para el expendio de bebidas alcohólicas en discotecas, bares, clubes, restaurantes, centros de eventos, piano bares y casinos de todo el territorio nacional durante el período de las festividades navideñas y de Año Nuevo.
Según indicó la institución, el relajamiento regirá desde el domingo 15 de diciembre y se mantendrá hasta el 3 de enero de 2025. Detalla que será de domingo a jueves hasta las 3:00 de la madrugada, y los viernes y sábados hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.
La medida de la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, está contenida en la Resolución número MIP-RA-0008-2024, que modifica temporalmente la parte in fine del Artículo 1 de la Resolución No. ESP/001-2022, emitida de manera conjunta por el Ministerio de Interior y Policía (MIP) y el Ministerio de Turismo (Mitur) el 11 de abril de 2022, respecto a los horarios de expendio de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional.
Para los días 24 y 31 de diciembre no habrá límites de horarios para el expendio de bebidas alcohólicas y así se hace constar en el párrafo del artículo 1 de la resolución emitida por la ministra Raful.
En el Artículo 2 de dicha resolución se advierte que la extensión de horario no aplica para los colmados, colmadones, cafeterías, car wash, parques mecánicos, parques acuáticos y tiendas de licores, los cuales seguirán laborando todos los días hasta las 12:00 de la medianoche.
Además, la violación a esta disposición daría lugar al cierre temporal o definitivo del establecimiento y la cancelación de las licencias o permisos correspondientes, sin perjuicio de cualquier otra sanción establecida en las leyes o reglamentos.
La ministra Raful también ha instruido a la Dirección Nacional de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas (COBA) para que, con el apoyo de la Policía Nacional, vele por el fiel cumplimiento de la presente resolución, debiendo promover las acciones que fueren pertinentes a tales fines de conformidad con las leyes.
De este modo, la disposición extiende por tres semanas las operaciones de centros de diversión, que según el decreto 308-06 deben operar de domingo a jueves hasta las 12:00 de la medianoche y viernes y sábado hasta las 2:00 de la madrugada.
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